viernes, 23 de noviembre de 2012

Su patrimonio digital: ¿qué sucede después que usted muere?



Seis pasos para proteger sus datos en internet.



Al fallecer, su patrimonio físico —su hogar, acciones, bonos y dinero— pasa a los herederos nombrados en su testamento. Si usted no tiene un testamento, regirán las leyes del estado en cuanto a lo que le sucederá a sus activos. Pero, ¿qué pasa con su patrimonio digital, como las fotos, sus cuentas en Facebook o Twitter, sus correos electrónicos y documentos almacenados en internet o en otras redes sociales?
Si usted se organiza un poco desde ahora, estos datos, y los recuerdos relacionados con ellos, quedarían a la disposición de sus herederos.

Deje una lista de nombres de usuario y contraseñas para el albacea de su patrimonio.La actividad digital: ¿es mejor borrarla o dejarla para posteridad?
Si usted muere sin dejar instrucciones específicas, el servicio donde están almacenados los datos en internet decide lo que se debe hacer con su información y contenido. Esto significa que sitios como Facebook, Google, Twitter, Yahoo! y otros pueden controlar una gran parte de su patrimonio digital por defecto.
Cada sitio tiene sus propias normas en cuanto a lo que ocurre con las cuentas de personas difuntas. Miremos a Facebook: una vez que este gigante de las redes sociales se apercibe de la muerte de un usuario, ofrece dos opciones a la familia. Puede desactivar el perfil del usuario o "conmemorarlo". Con una página conmemorativa, las amistades y la familia seguirían viendo el perfil y publicando mensajes en el muro, pero no podrán acceder a la cuenta, además Facebook parará de incluirla en los resultados de la búsqueda. A no ser que la red social reciba instrucciones de desactivar el perfil, procederá a conmemorarla. Una vez que una cuenta se vuelve conmemorativa, nadie la puede ingresar a ella o cambiarla.
Otras plataformas en internet tienen normas distintas. Twitter ofrece la opción de desactivar la cuenta de la persona fallecida o de almacenar sus mensajes públicos.
Acceso a las cuentas
La gestión de estos almacenamientos, conmemoraciones o desactivaciones puede ser tediosa. Facebook les exige a los familiares presentar el certificado de defunción del fallecido así como pruebas de que la persona que solicita el cambio es el representante autorizado del difunto. Twitter exige el certificado de defunción; una identificación expedida por el gobierno; una declaración firmada y certificada por notario; y una copia de un obituario publicado.
El acceso a las cuentas de correo electrónico de una persona fallecida puede ser aun más problemático. Se reconoce que el correo electrónico puede contener información personal y muy privada, por eso la mayoría de las compañías como Microsoft (Hotmail) y Google (Gmail) tramitan las solicitudes de familiares o albaceas individualmente y rara vez permiten el acceso al correo electrónico de la persona fallecida. Yahoo! (Yahoo mail) declara explícitamente en sus “Condiciones de servicio” que a los parientes no se les permitirá el acceso a las cuentas del fallecido a no ser que presenten una orden judicial.
Algunas compañías de correo electrónico, como Yahoo! y Microsoft, cancelan las cuentas tras 270 días de inactividad, pero en muchos de los casos, si nadie les informa sobre su muerte, su cuenta simplemente se mantendrá estancada.
Fuente:http://www.aarp.org/espanol/hogar-familia/tecnologia/info-07-2012/patrimonio-digital.html

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